En la situación de excepcionalidad generada por la COVID-19, en la que se limita la libertad de movilidad de las personas, la Cámara ha decidido prestar un servicio de mediación específico en cuanto a las situaciones de conflicto que se puedan generar en los arrendamientos de locales de negocio, tanto a nivel comercial y de servicios (comercio, hostelería, etc.) como industrial, en los casos en que haya una situación de dificultad por parte de los arrendatarios o arrendatarias para cumplir con el pago de las obligaciones económicas del contrato, intentando conseguir un acuerdo beneficioso para ambas partes que permita el mantenimiento de la actividad empresarial.
MEDIACIÓN INMOBILIARIA
Las tarifas aplicables son las correspondientes a las comprendidas en el Reglamento de Mediación Empresarial, si bien, en este caso, la mediación será gratuita y las partes solo tendrán que abonar 45 euros cada una, en concepto de gestión del procedimiento.
EXCEPCIONALMENTE este servicio se presta en estas condiciones gracias a la aportación económica que la Cámara hace para cubrir los honorarios de las personas mediadoras y al compromiso y ofrecimiento de estos y estas profesionales que han aceptado la reducción de sus horarios con la voluntad de contribuir a ayudar a superar la situación actual.
En cualquier caso este importe podrá ser modificado por parte del Comité Restringido.
Este servicio se prestará en esta modalidad teniendo en cuenta la decisión del Comité Restringido y la disponibilidad presupuestaria.